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Weekly Update from The Special Jurisdiction of Peace in Colombia

Updated: Jul 4, 2019

7 June - 14 June 2019

The Guernica Group

For The Guernica Group, the work developed by the Integral System of Truth, Justice, Reparation and No Repetition (SIVJRNR) of Colombia is essential to carry out and consolidate the Peace Accord. Victims are the central pillar and the guarantee for the need to define the truth and ensure accountability for key episodes of violence committed during the armed conflict, as the basis of long-lasting reconciliation. The Special Jurisdiction for Peace (JEP) has the potential to develop new legal precedents that could reshape the work of international criminal lawyers and generate a valuable legacy for the whole Latin American region.


Accordingly, The Guernica Group will provide weekly media updates from the Special Jurisdiction for Peace in order to expand the JEP’s outreach and generate debate around the cases, the judicial proceedings and the procedures of the different Chambers. The summary of the news will be published in both English and Spanish, and will include links to the relevant articles.


WEEKLY UPDATE - SPECIAL JURISDICTION FOR PEACE (JEP)


(7 - 14 June 2019)


§ The president of the Special Jurisdiction for Peace expresses concern about the leaks of the testimonies about the extrajudicial executions presented as casualties in combat during the armed conflict, known as "false positives":


The president of the Special Jurisdiction for Peace (JEP), Patricia Linares, has expressed her concern at the recent leakage of testimonies given before the Truth Recognition Chamber in the cases of "false positives". Linares assured that the publication of these testimonies could affect the security of the processes being carried out in this institution regarding extrajudicial executions. "We are analyzing the situation (...) we are a little worried about this type of leaks because they can, without a doubt, affect the security of the processes themselves, of the victims, the appearants and the JEP officials themselves," Linares said.


Source:

-RCN Radio, “"Nos preocupan las filtraciones sobre los testimonios de falsos positivos": Presidenta de la JEP”, 14 de junio de 2019, disponible en:https://www.rcnradio.com/judicial/nos-preocupan-las-filtraciones-sobre-los-testimonios-de-falsos-positivos-presidenta-de-la


§ Public hearing for the victims of enforced disappearances in Commune 13 (Comuna 13):


On July 17 and 18, at the Palace of Justice in La Alpujarra, Medellín, an unprecedented public hearing was held. The Special Peace Jurisdiction (JEP) ordered the diligence to establish whether in Commune 13 - or its surroundings - there are places where the bodies of people who disappeared in the armed conflict could be found. The hearing sought to establish these or other places where victims of enforced disappearances could be found, related with the same facts or contexts. It is also expected to investigate the plans designed towards the search for disappeared persons in La Escombrera and whether these plans have been adequate, rigorous and sufficient.


Source:

-El Espectador, “Audiencia pública por las víctimas de desaparición forzada en la Comuna 13”, 14 de junio de 2019, disponible en:https://www.elespectador.com/colombia2020/justicia/jep/audiencia-publica-por-las-victimas-de-desaparicion-forzada-en-la-comuna-13-articulo-866046


§ The Statutory Law of the Special Jurisdiction for Peace declares the crimes that will not be eligible for amnesty or pardon in the JEP:


The Statutory Law of the JEP (Law 1957 of 2019) states that a broad amnesty shall be granted to those who have been charged with, or convicted of, political or related offences. However, the same Law prohibits the granting of amnesties or pardons to perpetrators of war crimes; crimes against humanity; extrajudicial killings; recruitment of minors; rape and other forms of sexual violence; genocide; hostage-taking or other serious deprivation of liberty; torture; enforced disappearance; child abduction and forced displacement.


Source:

-Jurisdicción Especial para la Paz, “Los crímenes que no serán amnistiables ni indultables en la JEP”, 13 de junio de 2019, disponible en:https://www.jep.gov.co/Sala-de-Prensa/Paginas/Los-cr%C3%ADmenes-que-no-son-amnistiables-ni-indultables-en-la-JEP.aspx


§ Army Major Gustavo Soto Bracamonte - former commander of the Gaula Militar Casanare - reveals to the Special Jurisdiction for Peace the chronology of extrajudicial executions that he knew and approved, with the objective of showing results to the military high command:


On December 7, the magistrates of the Special Jurisdiction for Peace - Oscar Parra and Catalina Diaz - gathered the testimony of retired Army Major Gustavo Soto Bracamonte for more than 6 hours, on 80 extrajudicial executions perpetrated by his men while he was chief of Gaula Casanare between June 2006 and October 2007. The 47-year-old retired officer spent 11 years and 28 days in detention for these crimes until he was released in November 2018 after having requested to speak before JEP.


According to retired Major Gustavo Enrique Soto Bracamonte, General Mario Montoya was the one who ordered and pressured him to command these extrajudicial killings known as “false positives”. Additionally, retired colonel Gabriel de Jesús Rincón Amado also pointed to Montoya for the commission of these crimes.


Sources:

-El Espectador, “Montoya fue lo peor que le pasó al Ejército": exjefe del Gaula Casanare”, 13 de junio de 2019, disponible en:https://www.elespectador.com/colombia2020/justicia/jep/montoya-fue-lo-peor-que-le-paso-al-ejercito-exjefe-del-gaula-casanare-articulo-865817


-El Tiempo, “Qué le espera a Mario Montoya en la JEP tras versiones que lo inculpan”, 13 de junio 2019, disponible en:https://www.eltiempo.com/justicia/jep-colombia/que-le-espera-a-mario-montoya-en-jep-tras-versiones-sobre-falsos-positivos-375298


§ Nearly 50 military personnel indicted for extrajudicial killings have requested to be admitted before the Special Jurisdiction for Peace:


Nearly 50 military personnel tried in Caldas for extrajudicial killings have requested that their cases be judged at the Special Jurisdiction for Peace (JEP), challenging the jurisdiction of the Specialized Criminal Court of Manizales. The specific investigation took place in the rural sector known as Alto del Gallo, in the village of Morritos, on 4 January 2008, when the Ayacucho Battalion indicated that it had shot two men. Subsequently, the investigations led the Attorney General's Office to determine that these individuals were not combatants.


Source:

- La Patria, “Cerca de 50 militares procesados en Caldas tienen sus casos en la JEP”, 13 de junio de 2019, disponible en:https://www.lapatria.com/sucesos/cerca-de-50-militares-procesados-en-caldas-tienen-sus-casos-en-la-jep-438891


§ Former FARC commanders Luis Óscar Úsuga Restrepo ('Isaías Trujillo') and Jesús Mario Arenas ('Marcos Urbanos') will appear before the Special Jurisdiction for Peace:


Former FARC commanders Luis Óscar Úsuga Restrepo ('Isaías Trujillo') and Jesús Mario Arenas ('Marcos Urbanos') are scheduled to appear before the Special Jurisdiction for Peace on June 14. Luis Óscar Úsuga Restrepo, known as "Isaías Trujillo" was commander of the North Eastern Block of the FARC Iván Ríos and of the Efarín Guzmán Block, participating in the kidnapping and subsequent assassination of the governor of Antioquia, Guillermo Gaviria Correa. Jesús Arenas, known as "Marcos Urbanos" was commander of the so-called "Bloquecito", a group made up of guerrillas from the ninth and 47th fronts, also serving as commander of the 9th Front of the FARC.


Source:

-RCN Radio, “Exjefe de las Farc 'René Emisoras' comparece ante la JEP por secuestros”, 12 de junio de 2019, disponible en:https://www.rcnradio.com/judicial/exjefe-de-las-farc-rene-emisoras-comparece-ante-la-jep-por-secuestros


§ The Statutory Law of the Special Jurisdiction for Peace clarifies the differentiated special treatment that State agents who submit their cases to this institution will receive:


The Statutory Law of the JEP - Law 1957 of 2019 - clarifies the differentiated special treatment that State agents who submit to their cases to the JEP will receive. Specifically, the Law establishes that State agents who have not participated in the most serious and representative crimes of the armed conflict may apply to the JEP for the benefit of renouncing criminal prosecution, provided that they contribute to the satisfaction of the victims' rights.


For more information on other issues, such as the requests by State agents in matters of suspension of the execution of arrest warrants, as well as requests regarding temporary, conditional and early release, click here.


Source:

-Jurisdicción Especial para la Paz, “Los tratamientos para los agentes del Estado en la JEP”, 12 de junio de 2019, disponible en:https://www.jep.gov.co/Sala-de-Prensa/Paginas/Los-tratamientos-para-los-agentes-del-Estado-en-la-JEP-en-la-Ley-Estatutaria.aspx


§ Former FARC commander Luis René Medina, known as "René Emisoras", appears before the Special Jurisdiction for Peace for kidnappings committed by the guerrilla:


On June 12, former FARC commander Luis René Medina, known as "René Emisoras," appeared before the Room of Recognition granting his voluntary version in the framework of case 001, on illegal retentions and kidnapping.


Source:

-RCN Radio, “Exjefe de las Farc 'René Emisoras' comparece ante la JEP por secuestros”, 12 de junio de 2019, disponible en:https://www.rcnradio.com/judicial/exjefe-de-las-farc-rene-emisoras-comparece-ante-la-jep-por-secuestros


§ The former mayor of Cúcuta, Ramiro Suárez Corzo, convicted of homicide and links with paramilitaries of the United Self-Defense Forces of Colombia (Autodefensas Unidas de Colmbia, AUC), has been accepted into the Special Jurisdiction for Peace:


Ramiro Suárez Corzo, who was mayor between 2004 and 2007, will have to "speak the truth" to the JEP about a murder and the links with the paramilitarism of the AUC that allowed him to occupy his political position, for which he was sentenced to 27 years in prison by ordinary justice. "He became mayor after having received the favors of the AUC (United Self-Defense Forces of Colombia) in exchange for the offer of positions in the Mayor's Office of Cúcuta and the offer of a percentage of the hiring," the JEP explained in a statement.


Source:

-El Heraldo, “Ex alcalde de Cúcuta acusado de nexos con AUC es aceptado en la JEP”, 11 de junio de 2019, disponible en:https://www.elheraldo.co/colombia/ex-alcalde-de-cucuta-acusado-de-nexos-con-auc-es-aceptado-en-la-jep-640584


§ The deadlines for voluntary submission to the Special Jurisdicción for Peace on civilian third parties and State agents who are not members of the security forces are in effect:


The Special Jurisdiction for Peace has informed civilian third parties and State agents who are not members of the security forces, linked to events related to the armed conflict, that on 6 June 2019 the deadlines for submitting applications for voluntary submission to the JEP began to take effect. Law 1922 of 2018 (rules of procedure of the JEP) indicated that the deadlines for voluntary submissions to the Jurisdiction would be linked to the sanction of the Statutory Law of the JEP, which came into force on June 6, 2019. For more information on the calculation of these deadlines, click here.


Sources:

-Jurisdicción Especial para la Paz, “Empiezan a correr plazos para sometimiento voluntario a la JEP de terceros civiles y agentes del Estado no miembros de la fuerza pública”, 11 de junio de 2019, disponible en: https://www.jep.gov.co/Sala-de-Prensa/Paginas/Empiezan-a-correr-plazos-para-sometimiento-voluntario-a-la-JEP-de-terceros-civiles-y-agentes-del-Estado.aspx


-El Espectador, “Alcaldes, gobernadores, empresarios con procesos judiciales tienen tres meses para acogerse a la JEP”, 11 de junio de 2019, disponible en: https://www.elespectador.com/colombia2020/justicia/jep/alcaldes-gobernadores-empresarios-con-procesos-judiciales-tienen-tres-meses-para-acogerse-la-jep-articulo-865455


§ The Statutory Law establishes the criteria for the Special Jurisdiction for Peace to select the cases it will investigate, try and sanction:


The Statutory Law of the JEP (Law 1957 of 2019) establishes the criteria for the Special Jurisdiction for Peace to select the cases it will investigate, judge and sanction. According to article 19 of Law 1957, the Legal Situations Definition Chamber and the Truth Recognition Chamber will apply the following criteria to select cases: 1) the gravity of the facts; 2) the representativeness; 3) the differential characteristics of the victims; 4) the characteristics of those responsible; and, 5) the availability of evidence.


Source:

-Jurisdicción Especial para la Paz, “Estos son los criterios para la selección de casos en la JEP”, 11 de junio de 2019, disponible en:https://www.jep.gov.co/Sala-de-Prensa/Paginas/Estos-son-los-criterios-para-la-selecci%C3%B3n-de-casos-en-la-JEP.aspx


§ The Statutory Law of Special Jurisdiction for Peace outlines the rights of victims:


The Statutory Law of the Special Jurisdiction for Peace indicates the rights of the victims - through articles 13, 14 and 15 - establishing that the central pilars of the JEP are the victims and the gravity of the suffering caused by the serious infractions of International Humanitarian Law and the violations of Human Rights committed in the framework of the armed conflict. Specifically, the Law considers that victims have the right to: 1) be recognized within the judicial processes that take place in the JEP; 2) provide evidence and lodge appeals established in the JEP against the sentences that are handed down; 3) receive judicial advice, guidance and representation through the JEP's Autonomous System of Advice and Defense (SAAD); 4) have psychological and legal accompaniment in the proceedings; 5) be treated with justice, dignity and respect; 6) be informed of the progress of investigations and proceedings, as well as of hearings, in order to intervene in them; and, finally, 7) if necessary, the JEP must adopt adequate measures to protect the rights of victims, witnesses and interveners in the different cases.


Source:

-Jurisdicción Especial para la Paz, “Los derechos de las víctimas”, 10 de junio de 2019, disponible en: https://www.jep.gov.co/Sala-de-Prensa/Paginas/Los-derechos-de-las-v%C3%ADctimas-en-la-Ley-Estatutaria.aspx


ACTUALIZACIÓN SEMANAL - JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ (JEP)


(7 – 14 junio 2019)


§ La presidenta de la Jurisdicción Especial para la Paz manifiesta preocupación por las filtraciones sobre los testimonios acerca de las ejecuciones extrajudiciales presentadas como bajas en combate durante el conflicto armado, conocidas como “falsos positivos”:


La presidenta de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), Patricia Linares ha manifestado su preocupación ante la reciente filtración de los testimonios rendidos ante la Sala de Reconocimiento de la Verdad frente a los casos de "falsos positivos". Linares aseguró que la publicación de estos testimonios puede afectar la seguridad de los procesos que se adelantan en esta justicia especial frente a las ejecuciones extrajudiciales. "Estamos analizando la situación (...) nos preocupa un poco este tipo de filtraciones porque pueden, sin lugar a dudas, afectar la seguridad de los mismos procesos, de las víctimas, los comparecientes y los propios funcionarios de la JEP", afirmó Linares.


Fuente:

-RCN Radio, “"Nos preocupan las filtraciones sobre los testimonios de falsos positivos": Presidenta de la JEP”, 14 de junio de 2019, disponible en: https://www.rcnradio.com/judicial/nos-preocupan-las-filtraciones-sobre-los-testimonios-de-falsos-positivos-presidenta-de-la


§ Audiencia pública por las víctimas de desaparición forzada en la Comuna 13:


El 17 y 18 de julio, en el Palacio de Justicia de La Alpujarra, en Medellín se realizó una inédita audiencia pública. La Jurisdicción Especial de Paz (JEP) ordenó la diligencia para establecer si en la Comuna 13 o sus alrededores existen lugares en los que podrían estar cuerpos de personas dadas por desaparecidas en el conflicto armado. En la audiencia se buscó establecer estos lugares u otros donde pudieran encontrarse víctimas de desaparición forzada relacionadas con los mismo hechos o contextos. Se espera, también, investigar los planes de búsqueda de desaparecidos en La Escombrera, por agentes públicos o entidades privadas, así como si estos han sido adecuados, rigurosos y suficientes.


Fuentes:

-El Espectador, “Audiencia pública por las víctimas de desaparición forzada en la Comuna 13”, 14 de junio de 2019, disponible en: https://www.elespectador.com/colombia2020/justicia/jep/audiencia-publica-por-las-victimas-de-desaparicion-forzada-en-la-comuna-13-articulo-866046


§ La Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz señala los crímenes que no serán amnistiables ni indultables en la JEP:


La Ley Estatutaria de la JEP (1957 de 2019) señala que se concederá una amnistía amplia a quienes hayan sido acusados o condenados por delitos políticos o conexos. Sin embargo, la misma Ley 1957 prohíbe que se otorguen amnistías o indultos a los autores de: crímenes de guerra; delitos de lesa humanidad; ejecuciones extrajudiciales; reclutamiento de menores; acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual; genocidio; toma de rehenes u otra privación grave de la libertad; tortura; desaparición forzada; sustracción de menores y desplazamiento forzado.


Fuente:

-Jurisdicción Especial para la Paz, “Los crímenes que no serán amnistiables ni indultables en la JEP”, 13 de junio de 2019, disponible en: https://www.jep.gov.co/Sala-de-Prensa/Paginas/Los-cr%C3%ADmenes-que-no-son-amnistiables-ni-indultables-en-la-JEP.aspx


§ El mayor retirado del Ejército Gustavo Soto Bracamonte – excomandante del Gaula Militar Casanare - revela a la Jurisdicción Especial para la Paz la cronología de ejecuciones extrajudiciales que conoció y aprobó, con el objetivo de mostrar resultados al alto mando militar:


El pasado 7 de diciembre, los magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz – Óscar Parra y Catalina Díaz – recogieron el testimonio del mayor retirado del Ejército Gustavo Soto Bracamonte durante más de 6 horas sobre cerca de 80 ejecuciones extrajudiciales perpetradas por sus hombres mientras ofició como jefe del Gaula Casanare entre junio de 2006 y octubre de 2007. El oficial en retiro, de 47 años, pasó 11 años y 28 días detenido por estos crímenes, hasta que recobró su libertad en noviembre de 2018 tras someterse a la JEP.


Según el mayor retirado Gustavo Enrique Soto Bracamonte, el señor general Mario Montoya habría sido quién le habría ordenado y presionado comandar dichas ejecuciones extrajudiciales. Adicionalmente, el coronel retirado Gabriel de Jesús Rincón Amado también habría señalado a Montoya por estas ejecuciones extrajudiciales.


Fuentes:

-El Espectador, “Montoya fue lo peor que le pasó al Ejército": exjefe del Gaula Casanare”, 13 de junio de 2019, disponible en: https://www.elespectador.com/colombia2020/justicia/jep/montoya-fue-lo-peor-que-le-paso-al-ejercito-exjefe-del-gaula-casanare-articulo-865817


-El Tiempo, “Qué le espera a Mario Montoya en la JEP tras versiones que lo inculpan”, 13 de junio 2019, disponible en: https://www.eltiempo.com/justicia/jep-colombia/que-le-espera-a-mario-montoya-en-jep-tras-versiones-sobre-falsos-positivos-375298


§ Cerca de 50 militares procesados por ejecuciones extrajudiciales han solicitado ser acogidos ante la Jurisdicción Especial para la Paz:


Cerca de 50 militares procesados en Caldas por ejecuciones extrajudiciales han solicitado que se estudien sus casos en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), impugnando la competencia del Juzgado Penal Especializado de Manizales. El caso en investigación en concreto tuvo lugar en el sector rural conocido como Alto del Gallo, corregimiento de Morritos, el 4 de enero del 2008, fecha en la cual el Batallón Ayacucho indicó que había abatido a dos hombres. Posteriormente, las investigaciones llevaron a la Fiscalía a determinar que estos individuos no eran combatientes.


Fuente:

- La Patria, “Cerca de 50 militares procesados en Caldas tienen sus casos en la JEP”, 13 de junio de 2019, disponible en: https://www.lapatria.com/sucesos/cerca-de-50-militares-procesados-en-caldas-tienen-sus-casos-en-la-jep-438891


§ Los excomandantes de las FARC Luis Óscar Úsuga Restrepo ('Isaías Trujillo') y Jesús Mario Arenas ('Marcos Urbanos'), comparecerán ante la Jurisdicción Especial para la Paz:


El 14 de junio, los excomandantes de las FARC Luis Óscar Úsuga Restrepo ('Isaías Trujillo') y Jesús Mario Arenas ('Marcos Urbanos'), tienen previsto comparecer ante la Jurisdicción Especial para la Paz. Luis Óscar Úsuga Restrepo, conocido como “Isaías Trujillo” fue comandante del Bloque Nororiental de las FARC Iván Ríos y del Bloque Efarín Guzmán, participando en el secuestro y posterior asesinato del gobernador de Antioquia, Guillermo Gaviria Correa. Por su parte, Jesús Arenas, conocido como “Marcos Urbanos” fue comandante del llamado ‘Bloquecito’, un grupo conformado por guerrilleros de los frentes noveno y 47, ejerciendo también como comandante del Frente 9 de las FARC.


Fuente:

-RCN Radio, “Exjefe de las Farc 'René Emisoras' comparece ante la JEP por secuestros”, 12 de junio de 2019, disponible en: https://www.rcnradio.com/judicial/exjefe-de-las-farc-rene-emisoras-comparece-ante-la-jep-por-secuestros


§ La Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz aclara el tratamiento especial diferenciado que recibirán los agentes del Estado que se sometan ante esta Jurisdicción:


La Ley Estatutaria de la JEP - Ley 1957 de 2019 - aclara el tratamiento especial diferenciado que recibirán los agentes del Estado que se sometan ante la JEP- En concreto, la Ley establece que los agentes del Estado que no hayan participado en los crímenes más graves y representativos del conflicto armado podrán solicitarle a la JEP el beneficio de renuncia a la persecución penal, siempre y cuando contribuyan a la satisfacción de los derechos de las víctimas.


Para consultar otras cuestiones, tales como las solicitudes por parte de agentes del Estado en cuestiones de suspensión de la ejecución de órdenes de captura, así como las solicitudes respecto a la libertad transitoria, condicional y anticipada, cliquee aquí.


Fuente:

-Jurisdicción Especial para la Paz, “Los tratamientos para los agentes del Estado en la JEP”, 12 de junio de 2019, disponible en: https://www.jep.gov.co/Sala-de-Prensa/Paginas/Los-tratamientos-para-los-agentes-del-Estado-en-la-JEP-en-la-Ley-Estatutaria.aspx


§ El excomandante de las FARC Luis René Medina, conocido como “René Emisoras”, comparece ante la Jurisdicción Especial para la PAZ por secuestros cometidos por la guerrilla:


El pasado 12 de junio, el excomandante de las FARC Luis René Medina, conocido como “René Emisoras”, compareció ante la Sala de Reconocimiento otorgando su versión voluntaria en el marco del caso 001, por retenciones ilegales y secuestro.


Fuente:

-RCN Radio, “Exjefe de las Farc 'René Emisoras' comparece ante la JEP por secuestros”, 12 de junio de 2019, disponible en: https://www.rcnradio.com/judicial/exjefe-de-las-farc-rene-emisoras-comparece-ante-la-jep-por-secuestros


§ El ex alcalde de Cúcuta, Ramiro Suárez Corzo, condenado por homicidio y nexos con paramilitares de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), ha sido aceptado en la Jurisdicción Especial para la Paz:


Ramiro Suárez Corzo, que fue alcalde entre 2004 y 2007, tendrá que “aportar la verdad” ante la JEP sobre un asesinato y los vínculos con el paramilitarismo de las AUC que le permitieron ocupar su cargo político, hechos por los que fue condenado a 27 años de cárcel por la Justicia ordinaria. “Se posesionó como alcalde tras haber recibido los favores de las AUC (Autodefensas Unidas de Colombia) a cambio del ofrecimiento de puestos en la Alcaldía de Cúcuta y de la oferta de un porcentaje de la contratación”, explicó la JEP en un comunicado.


Fuente:

-El Heraldo, “Ex alcalde de Cúcuta acusado de nexos con AUC es aceptado en la JEP”, 11 de junio de 2019, disponible en: https://www.elheraldo.co/colombia/ex-alcalde-de-cucuta-acusado-de-nexos-con-auc-es-aceptado-en-la-jep-640584


§ Comienzan a correr los plazos para sometimiento voluntario a la JEP de terceros civiles y agentes del Estado no miembros de la fuerza pública:


La Jurisdicción Especial para la Paz ha informado a los terceros civiles y agentes del Estado no integrantes de la fuerza pública, vinculados a hechos relacionados con el conflicto armado, que el 6 junio de 2019 comenzaron a correr los plazos para presentar solicitudes de sometimiento voluntario a la JEP. La Ley 1922 de 2018 (normas de procedimiento de la JEP) señaló que los plazos para el sometimiento voluntario a la Jurisdicción estarían ligados a la sanción de la Ley Estatutaria de la JEP, que comenzó a regir el pasado 6 de junio de 2019. Para más información en el cómputo de dichos plazos, cliquee aquí.


Fuentes:

-Jurisdicción Especial para la Paz, “Empiezan a correr plazos para sometimiento voluntario a la JEP de terceros civiles y agentes del Estado no miembros de la fuerza pública”, 11 de junio de 2019, disponible en: https://www.jep.gov.co/Sala-de-Prensa/Paginas/Empiezan-a-correr-plazos-para-sometimiento-voluntario-a-la-JEP-de-terceros-civiles-y-agentes-del-Estado.aspx


-El Espectador, “Alcaldes, gobernadores, empresarios con procesos judiciales tienen tres meses para acogerse a la JEP”, 11 de junio de 2019, disponible en: https://www.elespectador.com/colombia2020/justicia/jep/alcaldes-gobernadores-empresarios-con-procesos-judiciales-tienen-tres-meses-para-acogerse-la-jep-articulo-865455


§ La Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz establece los criterios para que la Jurisdicción Especial para la Paz seleccione los casos que investigará, juzgará y sancionará:


La Ley Estatutaria de la JEP (Ley 1957 de 2019) establece los criterios para que la Jurisdicción Especial para la Paz seleccione los casos que investigará, juzgará y sancionará. Según el artículo 19 de la Ley 1957, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas y la Sala de Reconocimiento de Verdad aplicarán los siguientes criterios para seleccionar los casos: 1) la gravedad de los hechos; 2) la representatividad; 3) las características diferenciales de las víctimas; 4) las características de los responsables; y, 5) la disponibilidad probatoria.


Fuente:

-Jurisdicción Especial para la Paz, “Estos son los criterios para la selección de casos en la JEP”, 11 de junio de 2019, disponible en: https://www.jep.gov.co/Sala-de-Prensa/Paginas/Estos-son-los-criterios-para-la-selecci%C3%B3n-de-casos-en-la-JEP.aspx


§ La Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz señala los derechos de las víctimas:


La Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz señala los derechos de las víctimas – a través de los artículos 13, 14 y 15 – estableciendo que los ejes centrales de la JEP son las víctimas y la gravedad del sufrimiento padecido por las graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario y por las violaciones a los Derechos Humanos cometidas en el marco del conflicto armado. En concreto, la Ley considera que las víctimas tienen derecho a: 1) ser reconocidas dentro de los procesos judiciales que se adelanten en la JEP; 2) aportar pruebas e interponer recursos establecidos en la JEP contra las sentencias que se profieran; 3) recibir asesoría, orientación y representación judicial a través del Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD) de la JEP; 4) contar con acompañamiento sicológico y jurídico en los procedimientos; 5) ser tratadas con justicia, dignidad y respeto; 6) ser informadas del avance de las investigaciones y de los procesos, así como de las audiencias, para intervenir en ellas; y, finalmente, 7) de ser necesario, la JEP debe adoptar las medidas adecuadas para proteger los derechos de las víctimas, los testigos y los intervinientes en los diferentes casos.


Fuente:

-Jurisdicción Especial para la Paz, “Los derechos de las víctimas”, 10 de junio de 2019, disponible en: https://www.jep.gov.co/Sala-de-Prensa/Paginas/Los-derechos-de-las-v%C3%ADctimas-en-la-Ley-Estatutaria.aspx

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